En Perú, el reconocimiento como Defensor de la Democracia es una distinción oficial destinada a personas que participaron en la lucha contra el terrorismo y contribuyeron a preservar el sistema democrático y el Estado de derecho.
No se concede automáticamente por haber pertenecido a las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional o por haber realizado el Servicio Militar. Para obtenerlo es necesario acreditar la participación en acciones de lucha contra el terrorismo, cumplir los requisitos de la categoría correspondiente y pasar por una evaluación oficial.
La distinción se denomina Medalla al Defensor de la Democracia y está regulada principalmente por la Ley N.º 29031, sus modificatorias y el Estatuto del Consejo de la Condecoración. En esta guía encontrarás quiénes pueden solicitarla, qué documentos necesitan y dónde iniciar el procedimiento.
1. ¿Quiénes pueden calificar como Defensores de la Democracia?

La Ley N.º 29031, modificada por la Ley N.º 31291, contempla diferentes grupos de personas que pueden recibir este reconocimiento. No está limitado exclusivamente a militares.
Pueden ser considerados:
- Miembros de las Fuerzas Armadas: personal del Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea que participó en operaciones contra el terrorismo.
- Miembros de la Policía Nacional: efectivos que intervinieron en operaciones antiterroristas, incluidos los integrantes del GEIN-DIRCOTE.
- Licenciados de las Fuerzas Armadas: personas que realizaron el Servicio Militar y participaron en operaciones de lucha contra el terrorismo.
- Integrantes de Comités de Autodefensa: ciudadanos que participaron en acciones de defensa de sus comunidades frente al terrorismo.
- Ciudadanos que prestaron eminentes servicios a la Nación: personas que contribuyeron desde la Administración Pública durante la lucha contra el terrorismo.
- Participantes del operativo Chavín de Huántar: comandos, mineros y personal auxiliar que construyó los túneles utilizados en la operación, así como rehenes que colaboraron con labores de inteligencia.
La ley también contempla a quienes pusieron en riesgo su integridad física durante operaciones contra el terrorismo, aunque no hayan resultado heridos o discapacitados. LEY -+1
2. Requisitos para calificar como Defensor de la Democracia si perteneciste a las Fuerzas Armadas o a la Policía
Si perteneciste al Ejército, Marina de Guerra, Fuerza Aérea o Policía Nacional, debes acreditar que participaste en operaciones antiterroristas organizadas por la institución a la que perteneciste.
Los requisitos fundamentales son:
- Haber participado en operaciones de lucha contra el terrorismo organizadas por tu institución.
- Haber fallecido, resultado herido o quedado con discapacidad como consecuencia de esas acciones; haber puesto en riesgo tu integridad física, aunque no hayas sufrido lesiones; o haber prestado eminentes servicios a la Nación como consecuencia de la lucha contra el terrorismo.
- Acreditar esa participación mediante documentos sustentatorios.
- Ser propuesto por la institución armada o policial donde prestaste servicios.
La documentación debe ser revisada por el área competente de la institución, como el Área de Incentivos de la Dirección de Recursos Humanos o la dependencia que cumpla esa función. RESOLUCION MINISTERIAL -+1
Importante: haber sido miembro de las Fuerzas Armadas o haber cumplido el Servicio Militar no es suficiente por sí solo. Debe existir una relación demostrable entre tu participación y las acciones de lucha contra el terrorismo.
3. Requisitos para licenciados del Servicio Militar
Si terminaste tu servicio militar y deseas solicitar el reconocimiento, debes demostrar que participaste en la lucha contra el terrorismo y que tu intervención cumple las condiciones establecidas por la normativa.
Como referencia, el Departamento de Trámite de Reconocimiento de Defensores de la Fuerza Aérea del Perú publica esta documentación para licenciados:
- Solicitud de reconocimiento.
- Copia simple de la libreta militar.
- Copia simple del DNI.
- Constancia de Servicio Militar.
- Certificado de antecedentes judiciales y penales expedido por el Fuero Militar Policial.
- Certiadulto.
- Declaración jurada de participación en zona de emergencia, legalizada ante notario.
- Documentación oficial que sustente la participación en la lucha contra el terrorismo, como órdenes de operaciones, felicitaciones, memorandos o resoluciones.
Esta lista corresponde a la orientación publicada por la Fuerza Aérea; no debe asumirse que todas las instituciones utilizan exactamente el mismo formato o solicitan idénticos documentos. Si perteneciste a la Marina o al Ejército, debes solicitar la lista vigente en tu propia institución. Gobierno del Perú
4. Requisitos para integrantes de Comités de Autodefensa
Los integrantes de los Comités de Autodefensa también pueden ser reconocidos como Defensores de la Democracia.
La modificación del Estatuto publicada el 3 de abril de 2025 estableció requisitos específicos para acreditar su participación.
Debes cumplir con los siguientes criterios:
- Haber participado en acciones de lucha contra el terrorismo.
- Haber fallecido, quedado herido o sufrido discapacidad como consecuencia de esa lucha, o acreditar la pertenencia al Comité de Autodefensa en los términos previstos por la norma.
- Ser propuesto por el Comité de Autodefensa o por la comunidad a la que pertenecías.
- Estar inscrito en los padrones que dispone el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas o presentar documentación alternativa que permita verificar tu participación.
Si no figuras en los padrones oficiales, la norma contempla la presentación de:
- Parte o informe de la ocurrencia elaborado por la autoridad militar competente, que describa las circunstancias de los hechos.
- Testimonio del presidente o de otro integrante de la junta directiva del Comité de Autodefensa que haya participado en la organización durante el periodo correspondiente.
- Declaraciones juradas de al menos dos testigos que sean personas reconocidas por su trayectoria y contribución a la comunidad.
- Publicaciones, recortes periodísticos, entrevistas u otros documentos que ayuden a demostrar la participación.
- Acreditación de que al comenzar la participación en el Comité de Autodefensa la persona era mayor de edad o, en caso contrario, que había constituido una unión de hecho.
También se consideran los integrantes de Defensa Civil Antisubversiva (DECAS) y de los Comités de Autodefensa existentes desde 1980. RESOLUCION MINISTERIAL –
5. Requisitos para ciudadanos que prestaron eminentes servicios a la Nación
La normativa contempla una categoría especial para ciudadanos que contribuyeron a la lucha contra el terrorismo desde un puesto en la Administración Pública.
Para ser considerados deben:
- Haber desempeñado un cargo en la Administración Pública durante el periodo de lucha contra el terrorismo.
- Haber promovido medidas relacionadas con sus funciones y dirigidas a combatir el terrorismo.
- Ser propuestos mediante votación o mayoría simple del Congreso de la República.
No basta con haber trabajado en una entidad estatal durante esos años. Debe demostrarse que las funciones y medidas promovidas tuvieron una contribución relevante en la lucha contra el terrorismo. RESOLUCION MINISTERIAL –
6. Documentos que debes preparar para solicitar el reconocimiento
La documentación depende de la categoría a la que perteneces y de la institución que debe evaluar tu expediente.
Si fuiste militar o policía, es recomendable reunir:
| Documento | Finalidad |
|---|---|
| Solicitud de reconocimiento | Iniciar el procedimiento. |
| Copia del DNI | Identificar al solicitante. |
| Libreta militar o constancia de servicio | Acreditar la condición de licenciado, cuando corresponda. |
| Resolución de pase al retiro | Acreditar la situación de retiro, cuando corresponda. |
| Informe biográfico o legajo personal | Verificar los antecedentes de servicio. |
| Órdenes de operaciones | Sustentar la participación en operaciones antiterroristas. |
| Memorandos, felicitaciones o resoluciones | Respaldar los servicios prestados. |
| Certificados de antecedentes | Cumplir las verificaciones documentales solicitadas por la institución. |
No todos estos documentos son obligatorios para todas las categorías. Por ejemplo, un licenciado no presenta una resolución de pase al retiro como la que corresponde a un oficial retirado. Lo adecuado es solicitar la relación específica de documentos en la institución donde prestaste servicios.
7. ¿Dónde se presenta la solicitud para ser Defensor de la Democracia?
El lugar de presentación depende de tu condición y de la institución a la que perteneciste.
Si perteneciste a las Fuerzas Armadas
Debes presentar tu solicitud ante la institución donde prestaste servicios durante la lucha contra el terrorismo:
- Ejército del Perú.
- Marina de Guerra del Perú.
- Fuerza Aérea del Perú.
La institución revisa el expediente y, si corresponde, eleva la propuesta al Consejo de la Condecoración.
Si perteneciste a la Policía Nacional
Debes presentar la documentación ante la institución policial, siguiendo el procedimiento interno de evaluación y propuesta.
Si perteneciste a un Comité de Autodefensa
La propuesta debe ser respaldada por el Comité de Autodefensa o por la comunidad a la que pertenecías. La validación se realiza a través del Ministerio de Defensa y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.
Si eres un ciudadano que prestó servicios a la Nación
La solicitud puede presentarse en las oficinas de recepción documental de los ministerios que integran el Consejo de la Condecoración, para su traslado a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
El artículo 13 del Estatuto establece que cualquier persona natural o jurídica puede presentar una solicitud para proponer a un candidato. Sin embargo, la evaluación y el reconocimiento dependen del cumplimiento de los requisitos legales. RESOLUCION MINISTERIAL –
8. ¿Cómo es el procedimiento para obtener la Medalla al Defensor de la Democracia?
El procedimiento no consiste únicamente en entregar documentos y recibir la medalla. Primero debe comprobarse que la persona cumple las condiciones legales.
Estas son las etapas generales:
Paso 1. Identifica la categoría que te corresponde
Determina si tu solicitud corresponde a personal militar, policía, licenciado, integrante de un Comité de Autodefensa o ciudadano que prestó servicios a la Nación.
Paso 2. Reúne las pruebas de tu participación
Busca documentos que acrediten tu intervención durante la lucha contra el terrorismo. Pueden ser órdenes de operaciones, partes militares, informes, resoluciones, constancias de servicio, felicitaciones y otros documentos institucionales.
Paso 3. Presenta el expediente
Si perteneciste a las Fuerzas Armadas o a la Policía, presenta la solicitud en la institución correspondiente. Para las demás categorías, utiliza los canales de recepción documental previstos en el Estatuto.
Paso 4. Espera la evaluación
El expediente pasa por la revisión de las instancias competentes. Se verifica la documentación, la participación del candidato y el cumplimiento de los requisitos.
Paso 5. Se eleva la propuesta al Consejo
Si la evaluación es favorable, la institución o autoridad correspondiente presenta la propuesta al Consejo de la Condecoración.
Paso 6. Se aprueba el reconocimiento
La Medalla al Defensor de la Democracia se concede mediante Resolución Suprema. Por ello, presentar la solicitud no significa que el reconocimiento esté garantizado. RESOLUCION MINISTERIAL -+1
9. ¿Cuánto cuesta el trámite para ser Defensor de la Democracia?
Reconocimiento gratuito
La Presidencia del Consejo de Ministros ha informado que el procedimiento para otorgar la Medalla al Defensor de la Democracia es gratuito.
No debes pagar a asociaciones, intermediarios o particulares que prometan conseguir el reconocimiento o acelerar la aprobación de tu expediente.
La PCM advirtió expresamente sobre personas y organizaciones que ofrecen tramitar expedientes a cambio de dinero, pese a que el procedimiento oficial no tiene costo. Plataforma del Estado Peruano
Ten presente que algunos documentos complementarios, como certificados o legalizaciones notariales, pueden tener costos propios. Eso no significa que debas pagar por la condecoración.
10. ¿Quiénes no pueden recibir la Medalla al Defensor de la Democracia?
El artículo 20 del Estatuto establece impedimentos para recibir la condecoración.
La modificación publicada en abril de 2025 amplió los delitos que pueden impedir su otorgamiento. Entre ellos se encuentran condenas por delitos dolosos relacionados con:
- Seguridad pública y tranquilidad pública.
- Delitos contra la humanidad.
- Estado y defensa nacional.
- Poderes del Estado y orden constitucional.
- Voluntad popular.
- Administración pública.
- Vida, cuerpo y salud.
- Libertad.
- Patrimonio.
También se contemplan determinados delitos de competencia de la justicia penal militar, conforme a las disposiciones del Estatuto.
La norma se refiere a condenas mediante sentencia consentida o ejecutoriada, no simplemente a denuncias o investigaciones pendientes. Para determinar si existe un impedimento, debe revisarse el delito y la situación judicial concreta. RESOLUCION MINISTERIAL -+1
11. ¿Qué beneficios reciben los Defensores de la Democracia?
La Ley N.º 31291 establece el acceso a becas de estudio para los Defensores de la Democracia, así como para sus hijos, cónyuges o concubinos.
Los beneficios son gestionados por el Ministerio de Defensa o el Ministerio del Interior, según corresponda, mediante convenios con instituciones educativas públicas o privadas.
Es importante aclarar que la Medalla al Defensor de la Democracia es principalmente un reconocimiento honorífico. Su otorgamiento no significa que automáticamente se conceda una pensión, un sueldo mensual o una bonificación económica. LEY -+1
12. ¿Cómo saber si ya fuiste reconocido como Defensor de la Democracia?
La condecoración se otorga mediante Resolución Suprema publicada oficialmente.
Para comprobar si una persona fue reconocida puedes:
- Consultar las normas legales publicadas por la Presidencia del Consejo de Ministros.
- Buscar las resoluciones supremas que otorgan la Medalla al Defensor de la Democracia.
- Revisar el nombre del beneficiario en el documento correspondiente.
- Consultar con la institución militar o policial que presentó la propuesta.
Puedes revisar las resoluciones en el portal oficial de la PCM:
Resolución Suprema N.º 169-2026-PCM.
También puedes consultar la publicación de la PCM sobre la entrega de la condecoración a 913 personas en agosto de 2025, luego de la evaluación de propuestas de distintas instituciones. Plataforma del Estado Peruano+1
13. Preguntas frecuentes sobre los requisitos para ser Defensor de la Democracia
¿Puedo ser Defensor de la Democracia si hice el servicio militar en la Marina?
Sí, siempre que puedas acreditar que participaste en operaciones de lucha contra el terrorismo y cumplas los demás requisitos. Haber realizado el servicio militar ordinario, por sí solo, no otorga este reconocimiento.
¿Puedo calificar si estuve en una zona de emergencia, pero nunca fui herido?
Sí. La Ley N.º 31291 amplió el reconocimiento a integrantes de las Fuerzas Armadas, licenciados, policías y miembros de Comités de Autodefensa que pusieron en riesgo su integridad física durante operaciones antiterroristas, aunque no hayan resultado heridos o discapacitados.
Sin embargo, debes demostrar tu participación y el riesgo asumido mediante documentación sustentatoria.
¿Puedo solicitar el reconocimiento si estoy retirado?
Sí. El personal militar o policial en situación de retiro puede ser considerado, siempre que cumpla los requisitos y acredite su participación en las operaciones correspondientes.
¿Necesito tener una libreta militar?
Si eres licenciado del Servicio Militar, la libreta militar o constancia de servicio puede formar parte de los documentos solicitados por tu institución. Para oficiales y personal en situación de retiro, se utilizan otros documentos, como la resolución de pase al retiro y el legajo personal.
¿Puedo solicitar la medalla si fui integrante de un Comité de Autodefensa?
Sí. La normativa contempla expresamente a los integrantes de estas organizaciones. Si no apareces en los padrones del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, puedes presentar las pruebas alternativas establecidas en la modificación del Estatuto de abril de 2025.
¿Cuánto demora el reconocimiento?
No existe un plazo único que pueda aplicarse a todas las categorías y expedientes. El tiempo depende de la revisión documental, la validación institucional y la evaluación del Consejo de la Condecoración.
¿El trámite se puede realizar por internet?
La documentación y el canal de presentación dependen de la institución que evalúa tu caso. Para personal militar o policial, debes consultar primero con la dependencia correspondiente. No debe asumirse que existe un único formulario digital válido para todas las categorías.
Conclusión
Para calificar como Defensor de la Democracia en Perú debes acreditar que participaste en la lucha contra el terrorismo y que tu actuación cumple las condiciones establecidas por la Ley N.º 29031 y sus modificatorias.
Los requisitos cambian según hayas pertenecido a las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, un Comité de Autodefensa o hayas prestado servicios relevantes desde la Administración Pública. En todos los casos, la documentación es fundamental para demostrar los hechos y permitir que las autoridades evalúen tu expediente.
El procedimiento es gratuito y la condecoración se concede mediante Resolución Suprema. Si fuiste licenciado de la Marina, Ejército o Fuerza Aérea, lo recomendable es comenzar solicitando a tu institución la revisión de tu legajo y la relación actualizada de documentos necesarios para presentar tu candidatura.
Fuentes oficiales consultadas
- Ley N.º 31291: modificación de la Ley N.º 29031.
- Resolución Ministerial N.º 066-2025-PCM: modificación de los requisitos de calificación e impedimentos.
- Resolución Ministerial N.º 234-2022-PCM: modificación del Estatuto de la Condecoración.
- Presidencia del Consejo de Ministros: información sobre la condecoración.
- Fuerza Aérea del Perú: requisitos documentales para el reconocimiento.
- Resolución Suprema N.º 169-2026-PCM.
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